JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ JOSUE SILVESTRE SILVESTRE

Rol

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y los antecedentes dados a conocer en la audiencia, se estima justificado el presupuesto material de la medida cautelar de prisión preventiva, establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del ilícito de tráfico de estupefacientes, aspecto que no fue cuestionado por la defensa en el recurso de apelación de autos y que, en todo caso, aparece suficientemente corroborado con el mérito del parte policial y sus anexos. 2°) Sobre la necesidad de cautela, se tiene en consideración el carácter y penalidad del delito de tráfico, a lo que cabe agregar la cantidad y variedad de la droga incautada, unido a la circunstancia de haber obrado los imputados en grupo o pandilla, lo que permite concluir que la prisión preventiva es la única medida cautelar adecuada para resguardar los fines del procedimiento, al tenor del artículo 140 del Código Procesal Penal, misma que es proporcionada en relación con el ilícito formalizado, sin que, por la naturaleza de este se diera cuenta de que otras cautelares sean suficientes para asegurar la necesidad de cautela. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por la jueza (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña María Asunción De La Barra Suma De Villa, en audiencia de nueve de abril de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de los imputados Josue Silvestre Silvestre, Juan Manuel Arboleda Mosquera, Miguel Angel Victoria Ríos y Kevin Alberto Riascos Hermann, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-284-2025.

Texto Completo (Preview)

Fecha: dieciséis de abril de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-284-2025 Ruc N°: 2500473511-3 Rit N°: O-1923-2025 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, fiscal judicial señor Rodrigo Cid Mora y abogada integrante señora María Karina Guggiana Varela Relator: Walter Piñats Aliaga Abogado Asesor M.P.: Juan Fernández Espejo Defens

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