1º JUZGADO DE LETRAS DE ANGOL

CARRASCO/CUERPO DE BOMBEROS DE ANGOL

Rol

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, en autos RIT O-18-2024, comparece don SEBASTIÁN AVENDAÑO FARFÁN, abogado, por la parte demandante, doña MIRIAM RAQUEL CARRASCO ANABALÓN, quien interpone recurso de nulidad laboral en contra la de la sentencia definitiva dictada con fecha 21 de septiembre de 2024, por don IVÁN EDISON SANTANDER VALENZUELA, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras de Angol, la cual declara: I. Que, SE RECHAZA en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional, deducida por doña MIRIAM RAQUEL CARRASCO ANABALON en contra de CUERPO DE BOMBEROS DE ANGOL, ya individualizados. II. No se condena en costas a la demandante por haber tenido

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Que, el abogado recurrente pide la invalidación del referido

Fallo

fallo fundado en la causal del artículo 478 letra e), en relación con los números 4 del artículo 459 del Código del Trabajo, indicando la sentencia recurrida incurre en graves errores formales, toda vez que no considera toda la prueba incorporada en el juicio y únicamente se limita a valorarla parcialmente para sustentar su decisión, sin entrar a realizar un análisis de la misma en profundidad ni explicar la razón por la que desestima y no considera ciertos medios probatorios que aportan hechos relevantes a la resolución del asunto. Solicita, se acoja el recurso y disponer se anule la sentencia por haber incurrido en la causal del artículo 478 letra e) en relación al Artículo 459 Nº4 del Código del Trabajo, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo a efectos de acoger la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral por accidente de trabajo, por la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) o lo que S.S.I. determine conforme a derecho. Se trajeron los autos en relación y se procedió a la vista de la causa. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, “el recurso de nulidad es un acto jurídico procesal que otorga el legislador a aquella parte que ha sufrido un perjuicio con el pronunciamiento de una sentencia definitiva dictada en un proceso laboral para invalidar el procedimiento total o parcialmente junto con la sentencia definitiva, o solo la sentencia definitiva por las causales expresamente señaladas en la ley. Junto con ser un recurso de cará

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C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Que, en autos RIT O-18-2024, comparece don SEBASTIÁN AVENDAÑO FARFÁN, abogado, por la parte demandante, doña MIRIAM RAQUEL CARRASCO ANABALÓN, quien interpone recurso de nulidad laboral en contra la de la sentencia definitiva dictada con fecha 21 de septiembre de 2024, por don IVÁN EDISON SANTANDER VALENZUELA, Juez Suplente

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