LIZAMA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Cristóbal Lizama Aspe, e interpone acción de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido en el acto arbitrario e ilegal consistente en otorgar cobertura limitada en prestaciones de salud mental, vulnerando con ello las garantías consagradas en los N°s. 1°, 2°, 9° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que se encuentra afiliado a la Isapre Colmena Golden Cross S.A., en virtud del plan de salud denominado “ASPEN CSM SPORT 12115”, el que ha sido contratado hace más de 8 años, el cual posee “prestaciones restringidas” las consultas psiquiátricas y/o psicológicas. Denuncia que la recurrida no adecuó su plan ni está otorgando la cobertura equivalente a la cobertura general descrita en su caso, esto en atención a la aprobación de la ley n° 21.331, ya que su plan discrimina entre prestaciones físicas y de salud mental. Agrega que la Ley n°21.331 es una disposición que regla el sistema de salud mental, conteniendo un ordenamiento de orden público, que rige in actum, de manera que la recurrida se encuentra obligada a adecuar las cláusulas de los contratos ya suscritos, esto es, antes de marzo de 2022. Solicita se declare ilegal y arbitrario el acto de la Isapre recurrida, y le ordene a la recurrida que adecué el plan de salud y realice los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sean equiparadas a las de salud física, con costas. SEGUNDO: Que Isapre Colmena Golden Cross S.A. evacuó informe, solicitando el rechazo del recurso con costas. Asevera, de una parte, que no existe acto ilegal o arbitrario en su contra con motivo de mantener al recurrente en su actual plan de salud con las coberturas voluntariamente contratadas por el recurrente, y por otra, que la Ley establece un procedimiento especial para conocer de los hechos reclamados que se encuentra establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 5 del año 2005 del Minis
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, asimismo, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 2374-2025.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Cristóbal Lizama Aspe, e interpone acción de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido en el acto arbitrario e ilegal consistente en otorgar cobertura limitada en prestaciones de salud mental, vulnerando con ello las garantías consagradas en
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