CORPORACIÓN EDUCACIONAL INSTITUTO SAN PEDRO/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR
Rol
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Visto: Atendido que la interlocutoria de prueba es comprensiva de todos los puntos sobre los que hay discusión, excepto el signado con el N° 5, en que efectivamente lleva la razón el apelante al solicitar que se elimine por corresponder a un aspecto de derecho por lo que se acogerá el planteamiento del apelante solo en este punto. Y en conformidad con el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la resolución de ocho de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1936-2024, con declaración que se elimina el punto N° 5 de la interlocutoria de prueba. Devuélvase. N°Civil-715-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción PMR/shp Concepción, quince de abril de dos mil veinticinco. Visto: Atendido que la interlocutoria de prueba es comprensiva de todos los puntos sobre los que hay discusión, excepto el signado con el N° 5, en que efectivamente lleva la razón el apelante al solicitar que se elimine por corresponder a un aspecto de derecho por lo que se acogerá el planteamiento del apelante solo en
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