TRIBUNAL TTA DE VALPARAÍSO

K WEGNER Y COMPANIA LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO

Rol

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

LIQUIDACIÓN

Resultado

ACTA LEY N°21.713 ART. 12 TRAN

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Hechos

Vistos: Primero: Que en estos autos Tributario y Aduanero Rol Nro. 34-2024, mediante resolución de veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, se ordenó traer los autos en relación para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte reclamante en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de junio de ese año, dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Valparaíso. Segundo: Que el cinco de marzo de dos mil veinticinco, la V Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos emitió la Resolución Ex. N°77325133571, por la cual se ha verificado el cumplimiento de las exigencias para que proceda el beneficio establecido en el artículo duodécimo transitorio de la Ley N°21.713, por el 100% de las multas e intereses que acceden a los impuestos contenidos en las liquidaciones N°301 a 317, todas de fecha todas de fecha 08 de noviembre de 2021, emitidas al contribuyente y notificadas con fecha 10 de noviembre de 2021. Tercero: Que, el contribuyente se allanó a lo expuesto por el Servicio de Impuestos Internos y solicitó a esta Corte levantar el acta que al efecto establece la ley. Cuarto: Que, el 24 de octubre de 2024 se publicó la Ley N°21.713, que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal, que, entre sus disposiciones, establece en su artículo duodécimo transitorio que “los contribuyentes que a la entrada en vigencia de la presente ley mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de tributos ante Tribunales Tributarios y Aduaneros, Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, por una única vez entre el primer día del mes siguiente al de publicación de la presente ley y el 31 de diciembre de 2024, podrán poner término a dichas gestiones judiciales siempre que se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2024, sobre la base que, reconociendo la deuda tributaria debidament

Texto Completo (Preview)

Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de abril de dos mil veinticinco. Proveyendo el escrito de folio 38 “en cumplimiento de lo ordenado”: A lo principal: Téngase por cumplido lo ordenado. Al primer otrosí: Solicítese ante quien corresponda. Resolviendo derechamente el escrito folio 35 “petición que indica”: Vistos: Primero: Que en estos autos Tributario y Aduanero Rol Nro. 34-2024, mediant

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