MUÑOZ MARDONES LILIANNE VERÓNICA/COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL LA GREDA
Rol
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, mediante formulario comparece por sí misma Lilianne Muñoz Mardones, en contra del Servicio Sanitario Rural La Greda de la comuna de Puchuncavi, de la Región de Valparaíso, por el acto arbitrario e ilegal de no realizar auditorías solicitadas y dejarla sin suministro desde diciembre de 2022. Además de ser expulsada del comité de manera informal. Solicita la realización de auditorías y la reposición del suministro, acompañando una minuta informativa al respecto. A folio 10, informa la Directora Nacional de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras públicas, alegando en primer lugar la improcedencia de la acción de protección, toda vez que la institución encargada de resolver las controversias como son el corte de suministro de agua y el retiro del medidor que se suscitaron entre el operador y el usuario de los servicios de agua potable, es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, conforme los dispone el artículo 40 de la Ley 20.998. Enseguida, indica que en caso de que la recurrente haya sido víctima de hurto debe recurrir conforme el articulo 459 N°1 del Código Penal a denunciarlo ante las autoridades pertinente. En lo que respecta al corte de suministro y retiro del medidor conforme al artículo 47 de a la Ley recién citada, en su letra d), indica que cuando se adeude el pago de una o más boletas/facturas se suspenderá el servicio. A folio 17, informa el Comité de Agua Potable Rural La Greda, indicando en síntesis que el medidor de la actora no se encuentra accesible y de fácil lectura, razón que llevo a que no se pudiera medir su consumo de agua entre el 10 de marzo de 2022 y el 27 de octubre de 2022, generándose un consumo de 881 metros cúbicos, con un cobro de $4.690.580 pesos y frente al desconocimiento de la deuda de la actora se le hizo un descuento a la suma de $1.403.280 pesos, ofreciendo la posibilidad de un convenio de pago, el cual rechazo. Que, al emitirse la boleta de servicio el 21 de noviembre de 2022, se le aviso con 30 días
Fundamentos
considerando: Primero: Que, mediante el presente arbitrio, se ha atacado, como ilegal y arbitraria, la decisión del Servicio Sanitario Rural La Greda, de retirar el arranque de suministro de agua potable de la actora, y no realizar las auditorias solicitadas por ésta, en razón de los altos cobros de agua potable que fue objeto, lo que vulneraria su derecho de propiedad establecido en el artículo 19 dN°24 de la Constitución. Segundo: Que, como se advierte de la minuta informativa acompañada a folio 6 por la actora y lo informado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el corte de suministro de agua potable se realizó con fecha 28 de noviembre de 2022 y el retiro de su arranque fue realizada el 30 de noviembre de 2023, y habiéndose interpuesto el presente arbitrio el 30 de enero de 2025, aparece que se excedió el plazo contemplado en el Auto Acordado de la materia para la interposición de la presente acción cautelar, siendo extemporáneo, razón que llevara a su rechazo.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas la acción constitucional de protección interpuesta por doña Lilianne Muñoz Mardones en contra del Servicio Sanitario Rural La Greda. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Protección-382-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de abril de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, mediante formulario comparece por sí misma Lilianne Muñoz Mardones, en contra del Servicio Sanitario Rural La Greda de la comuna de Puchuncavi, de la Región de Valparaíso, por el acto arbitrario e ilegal de no realizar auditorías solicitadas y dejarla sin suministro desde diciembre de 2022. Además de ser
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