EAN RICHARD BIGORD/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, abogado, en favor de Jean Richard Bigord, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Astrolabio Nº375, comuna de San Joaquín, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que mediante Resolución Exenta N°24485039 de 22 de octubre de 2024, se rechazó la solicitud de residencia definitiva y se ordenó su abandono del país dentro del plazo de 10 días, acto que estima una vulneración a la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que la persona en cuyo favor recurre realizó la solicitud de permanencia definitiva, sin embargo, se le notificó el 22 de octubre del 2024, mediante la resolución antes señalada, que se rechazaba su petición pues no se adjuntó el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado y no remitió copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, debiendo abandonar al país. Sin embargo, manifiesta que cumplió con lo solicitado por la autoridad. Esgrime que la Resolución de 22 de octubre de 2024 requiere ser dejada sin efecto mediante la presente acción, ya que la decisión de la recurrida se produjo sin haber garantizado un debido proceso ni se le otorgó la oportunidad de defenderse. Pide se declare la nulidad de la Resolución recurrida, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones revertir la decisión de rechazar la solicitud de regularización migratoria y continuar con el procedimiento de solicitud regularización o que se dicten las medidas necesarias para corregir la vulneración indicada. Segundo: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del mismo, por no existir un acto arbitrario o ilegal y haber actuado con apego a la no
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jean Richard Bigord en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°479-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, quince de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, abogado, en favor de Jean Richard Bigord, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Astrolabio Nº375, comuna de San Joaquín, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República
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