FUENTES ESCUBORT PATRICIO LUIS/COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAISO Y OTRO
Rol
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Felipe Canales García, abogado en favor de Luis Patricio Fuentes Escubort, quien interpone acción de amparo en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso por el cambio de módulo del interno y el retiro del CET Cerrado (actualmente en el 104), vulnerando con ello su garantía fundamental del articulo 19N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que el amparado fue cambiado de módulo de forma intempestiva, porque según señala, se encontraba realizando trabajos en el CET cerrado del CDP de Valparaíso, en circunstancias que un funcionario de Gendarmería de Chile, revisa su dormitorio y encuentra unos frascos de perfume, lo que no están prohibidos, por lo que le hicieron renunciar a su labor en el CET cerrado, apartándolo de sus actividades laborales y además de su módulo, produciendo esto un menoscabo considerable, toda vez que ya no puede realizar la actividad laboral que no solo le daba algún ingreso para sus cuestiones básicas, sino que también que daba una distracción diaria en su reclusión. Solicita el reintegro inmediato al módulo de donde provenía y se le reintegre a sus labores en el CET Cerrado de Valparaíso. A folio 4 evacua informe don Juan Bertoni Parra, Teniente Coronel de Gendarmería, Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Da cuenta que mediante oficio ordinario de 28 de enero de 2025 se remite parte de denuncia N°98 de la misma fecha, donde se envían antecedentes a la Fiscalía Local de Valparaíso, por incautación de elementos prohibidos. Asimismo, se remite oficio Jefe del CET Cerrado, en donde se evalúan los elementos y situación particular respecto del amparado. Agrega que el consejo técnico del Establecimiento penal por unanimidad resuelve egresar al interno del CET cerrado del Complejo Penitenciario de Valparaíso, porque el solicita el egreso voluntariamente, y por la conducta en relación con la tenencia de gran cantidad de elemento prohibidos encontrados en el taller del CET, como también en
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por la vía del presente recurso de amparo se solicita el cambio de módulo donde se encuentra el amparado, requiriendo el traslado al módulo donde se encontraba primitivamente, este es, el módulo 114 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, y además se solicita el reintegro a su trabajo en el CET cerrado del mismo establecimiento penitenciario, Tercero: Que, de acuerdo con lo informado por el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, el interno renunció voluntariamente al CET Cerrado el día 27 de enero de 2025, por motivos personales, esto, posterior al análisis del consejo técnico en donde se determinar su cambio de dependencia. En cuanto al cambio de módulo, este se realizó el día 4 de febrero de 2025, quedando de manera definitiva en el módulo 104, el cual de una dependencia que alberga a la población de bajo compromiso delictual, de buen comportamiento y primeriza, donde deberá permanecer. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes y lo informado por el recurrido, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 del Reglamento de Recinto Penitenciario el cambio de módulo es una facultad exclusiva de Gendarmería de Chile, debiendo ellos ponderar la posibilidad de dicho cambio cuando las circunstancias así lo ameriten. Quinto: Que, conforme a los antecedentes es posible concluir que no existe vulneración a las garantías de libertad personal o seguridad individual invocadas, motivo por el cual la presente acción será rechazada, conforme a lo que se dirá en la parte resolutiva.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Luis Patricio Fuentes Escubort contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-910-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de abril de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece Felipe Canales García, abogado en favor de Luis Patricio Fuentes Escubort, quien interpone acción de amparo en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso por el cambio de módulo del interno y el retiro del CET Cerrado (actualmente en el 104), vulnerando con ello su garantía fundamental del artic
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