ANONIMIZADO
Rol
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR SUSPENSION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que tiene por interpuesta demanda reconvencional de aumento de alimentos y demanda de suspensión del régimen comunicacional, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal citada precedentemente, por lo que el recurso debe ser declarado inadmisible. Por ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/luc Concepción, quince de abril de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolució
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