C/ DIEGO IGNACIO GALLARDO VENEGAS
Rol
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, y teniendo particularmente presente que en este estadio procesal se encuentran suficientemente justificada la existencia de los delitos de amenazas y desacato en contexto de violencia intrafamiliar y la participación que le ha correspondido al imputado en ellos,
Fundamentos
considerando que los elementos de convicción aportados por el Ministerio Público permiten sostener fundadamente que la seguridad de la víctima se encuentra amenazada por la conducta desplegada por el imputado, y teniendo presente que las alegaciones de la defensa no resultan suficientes para desvirtuar lo razonado, y visto además lo dispuesto en los artículos 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del siete de abril de dos mil veinticinco, por el Juez de Garantía de Ovalle, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Diego Ignacio Gallardo Venegas, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora Lorena Velásquez Madriaza. Devuélvase vía interconexión. Rol N°281-2025 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, catorce de abril de dos mil veinticinco. Siendo las 12:44 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por los Ministros titulares señor Iván Corona Albornoz y señor Juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra d
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