FISCALIA ARICA C/ BRAYAN ALEXIS CARRENO ALBORNOZ
Rol
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA VC PZF
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren por el momento, todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, en cuanto a los dos primeros, aquellos no fueron derechamente discutidos en la audiencia. Sin perjuicio de lo anterior y teniendo presente el artículo 139 del Código citado, se estima que las medidas cautelares decretadas por el Juez de Garantía de esta ciudad, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, SE CONFIRMA la resolución de cinco de abril del año dos mil veinticinco, que no dio lugar a decretar la prisión preventiva del imputado, manteniendo otras del artículo 155 del Código Procesal Penal, respecto del imputado Brayan Alexis Carreño Albornoz. Acordada con el voto en contra de Ministro Sr. Pablo Zavala Fernández, quien estuvo por revocar la resolución en comento, por estimar que la libertad del imputado, resulta peligrosa para la seguridad de la ofendida, toda vez que existen sospechas fundadas de que el imputado pudiere realizar atentados en contra de la persona o vida de la ofendida, de su familia o de sus bienes, teniendo en cuenta la naturaleza de los delitos que registra en sus antecedentes delictuales el imputado. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 276-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. Arica, catorce de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 276-2025 Penal Ruc: 2401267123-3 RIT: 7256-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministro señor José Delgado Ahumada y ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Jimena Villegas Bue
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