ARIAS ROMERO PAMELA ALEJANDRA /DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE (NP)
Rol
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 23 de marzo de 2025, comparece Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en representación de Pamela Alejandra Arias Romero, actualmente privada de libertad en el Centro de Educación y Trabajo de Santiago, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por haber modificado el tiempo mínimo para postular a beneficios intrapenitenciarios de su representada, actuación que considera ilegal y arbitraria, atendido a que dicha modificación se realizó aplicando retroactivamente la Ley 21.483 publicada el 24 de agosto de 2022, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se ordene la modificación de los tiempos de postulación a beneficios penitenciarios de la amparada. Expone que su representada se encuentra cumpliendo una condena privativa de libertad de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, impuesta por el 14° Juzgado de Garantía de Santiago en la causa rol N° 6660-2019, con fecha de inicio el 1 de diciembre de 2020 y término el 2 de diciembre de 2030. Señala que según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, antes de la modificación legal, su representada cumpliría el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 19 de julio de 2024 y a la salida dominical el 19 de julio de 2023. Sin embargo, tras la publicación de la Ley Nº 21.483, Gendarmería modificó estos plazos, estableciendo que cumpliría el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 19 de febrero de 2027 y a la salida dominical el 19 de febrero de 2026. Argumenta que la aplicación retroactiva de la Ley Nº 21.483 constituye una vulneración al principio de irretroactividad de la ley penal, consagrado en el artículo 18 del Código Penal, el artículo 19 N°3 inciso 8° de la Constituci
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Pamela Alejandra Arias Romero en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. Amparo N° 1229-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina, conformada por la Ministra (I) señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante.
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 23 de marzo de 2025, comparece Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en representación de Pamela Alejandra Arias Romero, actualmente privada de libertad en el Centro de Educación y Trabajo de Santiago, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por haber modificad
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