CONTRERAS LABRADOR LEONEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
162576-2022
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento quinto a séptimo, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1° Que la conducta que configuraría el fundamento fáctico para acoger la acción cautelar estaría constituido por la “obstaculización” por parte de la Autoridad en la entrega a los amparados de los formularios necesarios para requerir el reconocimiento de la condición de refugiados, que conforme a la ley 20.430, les asistiría. 2° Que, habida cuenta que el artículo 26 de dicho cuerpo legal establece la posibilidad de toda persona que se encuentre dentro de territorio nacional – ya sea residente regular o irregular- para solicitar se le reconozca la condición de refugiado, sin establecer plazos de preclusión de tal derecho, no se advierte ninguna modificación del estatus en el que se encontraban los amparados antes de la conducta denunciada. 3° Que así las cosas, y advirtiéndose entonces que los antecedentes expuestos en el recurso de amparo y su petitorio son ajenos a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, toda vez que, incluso de haberse acreditado indubitadamente los argumentos de la recurrente, ello no implicaría una amenaza ilegal ni menos la conculcación de la libertad personal de los amparados Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de nueve de diciembre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N°4637-2022 y en su lugar se resuelve que se rechaza la acción constitucional deducida en estos autos. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Brito, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 162.576-2022
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de nueve de diciembre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N°4637-2022 y en su lugar se resuelve que se rechaza la acción constitucional deducida en estos autos. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Brito, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 162.576-2022
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 220014-2022: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 220015-2022: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento quinto a séptimo, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1° Que la conducta que configuraría el
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