SIN INFORMACION

CURAUMA S.A./ARANEDA

Rol

Fecha

14 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que se ha formulado incidente de recusación respecto de la Jueza de Letras Subrogante del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago señora María Soledad Araneda Undurraga, haciendo valer para ese fin la causal del artículo 196 N° 5 del Código Orgánico de Tribunales, esto es, “Ser el juez deudor o acreedor de alguna de las partes o de su abogado; o serlo su cónyuge o conviviente civil o alguno de sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado”; 2° Que, en lo inmediato, del examen de los antecedentes se advierte que se satisfacen las exigencias del artículo 119 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, toda vez que el articulista ha cumplido con efectuar la consignación que ordena la ley, se ha hecho valer causal legal de recusación y apareciendo de los antecedentes acompañados, particularmente de la circunstancia que ha sido la propia jueza cuya recusación se pretende quien admitió que le afecta la señalada causal de inhabilidad respecto del Banco de Chile, Edwards y Citi, no cabe sino declarar sin más trámite la referida recusación. Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación y se declara inhabilitada a la Jueza de Letras Subrogante del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago señora María Soledad Araneda Undurraga, quién deberá abstenerse de intervenir en los autos caratulados “Curauma S.A. con Fisco de Chile”, Causa Rol N°13.995-2024, que se encuentran ingresados ante el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago para el conocimiento de una demanda de indemnización de perjuicios. Póngase esta declaración en conocimiento del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago y de la aludida Jueza, para los fines señalados. Ofíciese. Devuélvase la suma consignada. Al folio N° 9: Aténgase al mérito de lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Civil-20418-2024. Pronunciad

Fallo

Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación y se declara inhabilitada a la Jueza de Letras Subrogante del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago señora María Soledad Araneda Undurraga, quién deberá abstenerse de intervenir en los autos caratulados “Curauma S.A. con Fisco de Chile”, Causa Rol N°13.995-2024, que se encuentran ingresados ante el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago para el conocimiento de una demanda de indemnización de perjuicios. Póngase esta declaración en conocimiento del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago y de la aludida Jueza, para los fines señalados. Ofíciese. Devuélvase la suma consignada. Al folio N° 9: Aténgase al mérito de lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Civil-20418-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo de la Barra Dünner e integrada por el Ministro (S) señor Fernando Valderrama Martínez y por el abogado integrante señor Manuel Luna Abarza.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, catorce de abril de dos mil veinticinco. Atendido el mérito de la certificación que antecede. Proveyendo derechamente el folio N°1: Vistos y teniendo presente: 1° Que se ha formulado incidente de recusación respecto de la Jueza de Letras Subrogante del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago señora María Soledad Araneda Undurraga, haciendo valer para ese fin la

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