18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SCOTIABANK CHILE S. A./ARMIJOS

Rol

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte ejecutada el treinta de enero de dos mil veinticinco (folio N°5), en contra de la resolución de veintiocho del mismo mes y año (folio N°4 -cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4726-2025.imm

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte ejecutada el treinta de enero de dos mil veinticinco (folio N°5), en contra de la resolución de veintiocho del mismo mes y año (folio N°4 -cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4726-2025.imm

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de abril de dos mil veinticinco. Al folio N°4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición

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