JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COMBARBALA

C/ ANDRES ISAAC ROJAS GONZALEZ

Rol

Fecha

12 de abril de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, del mérito de los antecedentes reseñados, en primer lugar, cabe tener presente que la controversia planteada entre los intervinientes radica únicamente en la necesidad de cautela requerida en la especie, sin existir cuestionamiento con relación a la concurrencia de los supuestos contenidos en la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal y sin cuestionarse las presunciones fundadas de participación referidas a la letra b) de la disposición ya citada. 2.- Que, enseguida, en cuanto a la necesidad de cautela a que se refiere el literal c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, debe tenerse presente que al imputado le beneficia la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior, de forma que, teniendo presente la pena asignada por ley al ilícito, es dable concluir que en el evento de condena podría acceder a alguna de las penas sustitutivas de la Ley N°18.216, lo cual lleva a estimar la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno como desproporcionada, estimando que la necesidad de cautela requerida en la especie se satisface con el resto de las medidas decretadas por el tribunal a quo, esto es, firma quincenal y arraigo nacional. Por lo señalado, y visto además lo dispuesto en los artículos 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintinueve de marzo de dos mil veinticinco, por el Juez de Letras y Garantía de Combarbalá, sólo en cuanto se deja sin efecto la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno respecto al imputado Andrés Isaac Rojas González, confirmándose la resolución en alzada en lo demás. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N°276-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, doce de abril de dos mil veinticinco. Siendo las 11:08 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra titular señora Gloria Negroni Vera e integrada por el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el Ministro suplente señor Carlos Jorquera Peñaloza, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defens

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