JUZGADO DE GARANTIA DE SAN FERNANDO

MP C/ ANDRÉS DEL CARMEN CASTRO ESPARZA

Rol

Fecha

12 de abril de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Que si bien esta Corte coincide con el juez a quo en cuanto a que la calificación jurídica de los hechos formalizados corresponde a un tráfico de pequeñas cantidades de droga, lo cierto es que, el imputado registra diversas condenas pretéritas por delitos graves a lo que se suma la existencia de procesos penales pendientes, según lo detalló en la audiencia el representante del Ministerio Público, todo lo cual da cuenta que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme a los criterios establecidos en el artículo 140 inciso 4° del Código Procesal Penal, lo que justifica revocar la resolucion en alzada. Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de once de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, en causa RIT 1110-2025, en cuanto decretó la prision preventiba del imputado Andrés del Carmen Castro Esparza únicamente por peligro de fuga y fijó caución en su reemplazo y, en su lugar, se resuelve que la prisión preventiva se decreta por peligro para la seguridad de la sociedad, déjandose sin efecto la caución fijada por el tribunal y las demás medidas cautelares decretadas para el evento de que fuese pagada. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 390-2025 Penal.

Fallo

se resuelve que la prisión preventiva se decreta por peligro para la seguridad de la sociedad, déjandose sin efecto la caución fijada por el tribunal y las demás medidas cautelares decretadas para el evento de que fuese pagada. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 390-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, doce de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Que si bien esta Corte coincide con el juez a quo en cuanto a que la calificación jurídica de los hechos formalizados corresponde a un tráfico de pequeñas cantidades de droga, lo cierto es que, el imputado registra diversas condenas pretéritas por delitos graves a lo que se suma la existencia de procesos penales pendientes,

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