SIN INFORMACION

PIZARRO/CORP EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN NUBLE

Rol

Fecha

11 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: 1°.- Que, comparece doña Leticia Maricel Pizarro Farías, quien interpone recurso de protección en favor de su hijo Renato Romero Pizarro, RUN 25.551.702-3, alumno de 1° básico, en contra de la Corporación Educacional Colegio Concepción - Ñuble, Rut: 71.458.700-5, representada legalmente por don Roberto Javier Furet Guarda. Sostiene la recurrente, y como fundamento de la acción constitucional por ella interpuesta, que su hijo presenta diagnóstico TEA, TDAH, quien ha estado en cuatro establecimientos educacionales, encontrándose actualmente en tratamiento en COSAM San Carlos, con controles al día, contando con respaldo. Refiere que el día 8 de noviembre de 2024, recibió la noticia que no se le renovaría la matrícula a su hijo Renato debido a “conductas indisciplinarias”, por lo que realizó denuncia ante la Superintendencia de Educación y Oficina Local de la Niñez de San Carlos, agregando que cuenta con el apoyo y asesoría de la Defensoría de la Niñez. Aduce que, a pesar de lo anterior, el colegio mantiene su posición de no renovar matrícula, argumentando Ley Aula Segura, manifestando la recurrente que su hijo desea permanecer en ese establecimiento ya que ha recibido el apoyo pedagógico necesario y actualmente cuenta con un informe favorable donde se han notado los avances de éste. Finalmente, señala que dispone de respaldo de informes médicos, oficios de la Superintendencia de Educación como apoyo de todas las gestiones que ha hecho la recurrente como persona natural. Por todo lo antes expuesto, solicita poder reincorporar a Renato al colegio Concepción de San Carlos, pues él desea mantenerse en ese lugar, sintiéndose querido y respetado por sus pares. Además, su representada como apoderada mantendrá su compromiso como lo ha hecho durante todo el año, no negándose a la reducción de jornada que ya mantuvo desde abril de 2024. 2°.- Que, informando el abogado don Eduardo Peñafiel Peña, en nombre y representación de la Corporación Educacional Colegio Concepc

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el interpuesto por doña Leticia Maricel Pizarro Farías, en favor de su hijo Renato Romero Pizarro, en contra de la Corporación Educacional Colegio Concepción Ñuble, representada por don Roberto Javier Furet Guarda. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del abogado integrante don Juan Antonio De La Hoz Fonseca, quien no firma por no haber integrado hoy. No firma la señora Carolina Vásquez Epuñan, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por haber cesado en el cargo de Ministra suplente. Atendido que se consignan antecedentes de un menor de edad, manténgase el carácter de reservada de la presente causa para efectos de su tramitación digital y cúmplase lo correspondiente respecto de la anonimización. ROL 1165-2024 PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

Chillán, once de abril de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Que, comparece doña Leticia Maricel Pizarro Farías, quien interpone recurso de protección en favor de su hijo Renato Romero Pizarro, RUN 25.551.702-3, alumno de 1° básico, en contra de la Corporación Educacional Colegio Concepción - Ñuble, Rut: 71.458.700-5, representada legalmente por don Roberto Javier Furet Guarda. Sostiene la recurre

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica