3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ KEVIN SUAREZ GONZALEZ

Rol

Fecha

11 de abril de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1.- Que no se han cuestionado los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 de Código Procesal Penal. 2.- Que respecto de la necesidad de cautela además de las consideraciones que tuvo el juez a quo, debe tenerse presente que el imputado carece de arraigo familiar, social y laboral; que se encuentra en situación de calle; y en especial, que, a la fecha de comisión del ilícito por el cual a sido formalizado, se encontraba sujeto a una medida cautelar de menor intensidad en otra causa y ante el mismo tribunal; por lo que se concuerda con lo resuelto en la instancia en cuanto al fundamento a disponer la prisión preventiva del imputado Suarez González. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintiocho de marzo del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, la cual decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Kevin Suarez González. Comuníquese por la vía más rápida. Penal-1785-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintiocho de marzo del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, la cual decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Kevin Suarez González. Comuníquese por la vía más rápida. Penal-1785-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, once de abril de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-1785-2025 Ruc: 2500420571-8 Rit: O-1888-2025 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Marisol Andrea Rojas Moya, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y la Abogada Integrante señora Francisca Amigo Fernandez Relatora: Mariajosé Valdés Dig

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