SIN INFORMACION

FARA THEODORE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el presente recurso de amparo ha sido interpuesto en favor de Fara Theodore, ciudadana haitiana, domiciliado para este efecto en calle Santa Mercedes N°13577, San Bernardo. quien solicitó la residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones, solicitud que fue rechazada mediante Resolución Exenta N°25187054 de fecha 1 de abril de 2025, ordenándose además su abandono del país en un plazo de 10 días. Sostiene que el rechazo se fundamentó en la falta de presentación de un documento que acredite el pago de la sanción por permanencia irregular. Sin embargo, el recurrente afirma que dicho pago fue efectivamente realizado, y que el comprobante correspondiente fue adjuntado al expediente, aunque amparado en un artículo distinto. Alega que, de haberse estimado insuficiente, debió haberse requerido su regularización conforme al artículo 31 de la Ley 19.880. Argumenta asimismo que la decisión administrativa no consideró el principio de razonabilidad ni los derechos fundamentales del amparado, en particular su arraigo familiar en el país, consistente en su convivencia con su pareja y dos hijos de nacionalidad chilena, menores de edad, lo cual da cuenta de la existencia de lazos afectivos y sociales significativos que hacen desproporcionada la medida de expulsión. Solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25187054, de 1 de abril de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, y se ordene a la autoridad administrativa reabrir el procedimiento de solicitud de residencia definitiva del amparado, otorgándole un plazo no menor a 30 días para que pueda acompañar la documentación requerida. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informó que el rechazo de la solicitud de residencia definitiva de Fara Theodore fue legal y fundado. Ella permaneció en Chile de forma irregular por más de cinco años antes de solicitar el beneficio, sin cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de Migración, particu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Fara Theodore, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°486-2025-Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el presente recurso de amparo ha sido interpuesto en favor de Fara Theodore, ciudadana haitiana, domiciliado para este efecto en calle Santa Mercedes N°13577, San Bernardo. quien solicitó la residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones, solicitud que fue rechazada mediante Resolución Exent

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