IDE/TESORERIA REGIONAL DEL MAULE
Rol
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Primero: Que a folio 3, el 5 de marzo de 2025, el abogado don Víctor Manuel Morales Núñez, en representación del ejecutado don JUAN PABLO IDE LEIVA, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 25 de febrero de 2025 por el Juez Sustanciador y director regional Tesorero del Maule, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en el expediente administrativo Rol N°502-2003 de Talca. El recurso se funda en que la resolución impugnada —dictada en el marco de un incidente de abandono del procedimiento y pérdida de eficacia del procedimiento administrativo— tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, al resolver un incidente que fija derechos permanentes para las partes. Por ende, conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, resulta susceptible del recurso de apelación. El recurrente sostiene que el artículo 190 del Código Tributario permite aplicar supletoriamente normas del Libro I del Código de Procedimiento Civil en lo que resulte compatible con el carácter administrativo del procedimiento. Invoca también jurisprudencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago y de la Excma. Corte Suprema, que han reconocido el carácter jurisdiccional de las resoluciones dictadas por el Tesorero en calidad de juez sustanciador. Se acusa que la Tesorería, actuando como juez y parte, ha aplicado un criterio interpretativo restrictivo y formalista, que vulnera el derecho del contribuyente a recurrir, privándolo de la revisión judicial de un acto que incide directamente en sus derechos. Por tanto, solicita a esta Corte de Apelaciones de Talca acoger el recurso de hecho, conceder la apelación denegada, traer a la vista el expediente administrativo y retener los autos para conocimiento y fallo del recurso de apelación, con costas. Segundo: Que a folio 6, la Tesorería Regional de Talca, mediante su Director Regional Tesorero, remite informe en relación al Recurso de Hecho interpuesto por el abogado don Ví
Fallo
Por tanto, solicita a esta Corte de Apelaciones de Talca acoger el recurso de hecho, conceder la apelación denegada, traer a la vista el expediente administrativo y retener los autos para conocimiento y fallo del recurso de apelación, con costas. Segundo: Que a folio 6, la Tesorería Regional de Talca, mediante su Director Regional Tesorero, remite informe en relación al Recurso de Hecho interpuesto por el abogado don Víctor Morales Núñez, en representación del ejecutado don Juan Pablo Ide Leiva, RUT N°8.569.944-K, en contra de la resolución dictada el 25 de febrero de 2025, notificada el 28 de febrero del mismo año, por la cual se declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en sede administrativa, en el marco del Expediente Administrativo Rol N°502-2003 de Talca. El informe sostiene que el procedimiento ejecutivo de cobro de tributos morosos, regulado por el Título V del Libro III del Código Tributario, contiene normas especiales que excluyen la aplicación supletoria de recursos procesales no contemplados expresamente, tales como el recurso de apelación. En particular, se indica que el artículo 181 del Código Tributario permite aplicar supletoriamente normas del Código de Procedimiento Civil, pero sólo en cuanto sean compatibles con la naturaleza del procedimiento tributario. Sobre esa base, se argumenta que no existe disposición legal que autorice la interposición de un recurso de apelación contra resoluciones dictadas por el Juez Sustanciador, cargo que ejerc
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Talca, once de abril de dos mil veinticinco. Visto: Primero: Que a folio 3, el 5 de marzo de 2025, el abogado don Víctor Manuel Morales Núñez, en representación del ejecutado don JUAN PABLO IDE LEIVA, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 25 de febrero de 2025 por el Juez Sustanciador y director regional Tesorero del Maule, que declaró inadmisible el recurso de apel
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