2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

ATC SITIOS DE CHILE S.A./FIGUEROA

Rol

Fecha

10 de abril de 2025

Materia

OBLIGACIÓN DE HACER, CUMPLIMIENTO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la escritura pública que sirve de fundamento a la demanda ejecutiva incoada en la causa, da cuenta de una obligación cuya naturaleza jurídica es de no hacer, que no corresponde a la obligación cuyo cumplimiento fue demandado en autos y, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, escrita a folio N° 5, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-2531-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de abril de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la escritura pública que sirve de fundamento a la demanda ejecutiva incoada en la causa, da cuenta de una obligación cuya naturaleza jurídica es de no hacer, que no corresponde a la obligación cuyo cumplimiento fue demandad

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