OLMO GOMEZ / SISTEMA NACIONAL DE COMUNICACIONES FINANCIERAS S.A
Rol
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Felipe Ignacio Valdivieso Salazar, abogado, en representación de Álvaro Rodríguez Olmo Gómez, e interpone recurso de protección en contra de Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A. (“Sinacofi”) y Banco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa infundada a abrir una cuenta corriente basada en información financiera desactualizada, que habría vulnerado la garantía establecida en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política. Relata que el 10 de febrero de 2024 el recurrente solicitó la apertura de una cuenta corriente en el Banco de Chile en una sucursal de la comuna de San Bernardo. El ejecutivo a cargo de su atención se excusó de concretar el negocio, aduciendo que el recurrente no cumpliría con los requisitos que el sistema financiero exige, por haber publicaciones de morosidades “en sus registros internos”. Con todo, aclara que el recurrente no mantiene deudas con la banca nacional, y que
Fallo
por tanto la negativa del Banco en base a la información aportada por Sinacofi fue injustificada. Señala que lo anterior constaría de diversos registros oficiales, como un informe de deudas de la Comisión para el Mercado Financiero, informe comercial privado emitido por Equifax y certificado oficial de antecedentes comerciales emitido por la Cámara de Comercio de Santiago. Enfatiza que el Banco de Chile está sujeto a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero. Se refiere en particular al artículo 14 de la Ley General de Bancos, sobre la información de los deudores del sistema. Agrega que la información que los bancos deben remitir a la Superintendencia y las normas para el manejo de dicha información se encuentran en el Capítulo 18-5 de la Recopilación Actualizada de Normas de la ex SBIF, sobre “Información sobre deudores de las Instituciones Financieras”. Indica que el Manual de Información de dicho compendio establece que los bancos tienen la opción de remitir la información directamente a la Comisión para el Mercado Financiero o bien hacerlo a través de Sinacofi. Agrega que Sinacofi ha sido mandatada por la ex SBIF para recibir información que, por ley, deben entregarle los bancos. Esta sociedad proporciona información a la banca nacional, incluyendo el Banco de Chile, que la utiliza para analizar el riesgo de un determinado consumidor. Alega que la negativa injustificada a la apertura de una cuenta corriente por parte del Banco de Chile, basada en info
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San Miguel, diez de abril de dos mil veinticinco A los escritos folios N°s 15 y 16: téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Felipe Ignacio Valdivieso Salazar, abogado, en representación de Álvaro Rodríguez Olmo Gómez, e interpone recurso de protección en contra de Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A. (“Sinacofi”) y Banco de Chile, por el acto arbitrario e il
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