SIN INFORMACION

BERND ALFRED OBERPAUR WILCKENS /SÉPTIMA SALA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Rol

Fecha

10 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo el abogado José Javier Garrao Álvarez, en favor de Bernd Alfred Oberpaur Wilckens, en contra de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los Ministros Sr. José Pablo Rodríguez Moreno, Sra. Erika Villegas Pavlich y la abogada integrante Sra. Paola Herrera Fuenzalida, por la dictación de la resolución de 24 de marzo de 2025, en causa Rol N°861-2025, en virtud de la cual se revocó la resolución dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, el 10 de febrero de 2025, en causa RIT O-8439-2021, que declaró la prescripción de la acción penal y el consecuente sobreseimiento definitivo y total de la causa. Relata que el 21 de agosto de 2021 se interpuso querella por el delito de lesiones graves gravísimas del artículo 397 Nº1 del Código Penal, en relación con los artículos 490 y 491 del mismo Código, en contra del recurrente, médico pediatra y Director Médico de la Clínica Alemana. Indica que la querellante, Cassia Guerra, ingresó el 12 de julio de 2019 al Servicio de Urgencia de la Clínica Alemana de Santiago por el cuadro médico que detalla, siendo hospitalizada ese día en la UTI hasta el 17 de julio de 2019, fecha en que la paciente habría solicitado el alta administrativa para ser trasladada a la Clínica Las Condes. Así, relata que los hechos que originaron la causa penal se desarrollaron entre el 12 y el 17 de julio de 2019, precisando que, atendido el cargo de su representado, éste no atiende pacientes, por lo que no intervino en las atenciones prestadas a la querellante ni en el servicio de urgencia ni en la UTI. Añade que durante el periodo señalado recibió múltiples visitas de médicos y profesional del área, dando cuenta de que no se evidencian en la especie faltas a la lex artis en los diagnósticos o tratamientos llevados a cabo por el equipo médico. Refiere que admitida a trámite la querella, el 2 de noviembre de 2021 el Cuarto Juzgado de Garantía ordenó que la Clíni

Fallo

se declara la prescripción de la acción penal y, en consecuencia, también con el artículo 250 letra d), el sobreseimiento total y definitivo de la causa”. Tercero: Que evacuando informe los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, Sr. José Pablo Rodríguez Moreno, Sra. Erika Villegas Pavlich y la abogada integrante Sra. Paola Herrera Fuenzalida, indican que el 16 de enero de 2025 la Séptima Sala conoció del recurso de apelación deducido por la querellante en contra de la sentencia de 10 de febrero de 2025, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT 8430-2021, que declaró la prescripción de la acción penal y, en consecuencia, atendido lo dispuesto en el artículo 250 letra d), el sobreseimiento total y definitivo de la causa. Refieren que la sala revocó dicha decisión, rechazando la solicitud de prescripción de la acción penal, teniendo para ello presente los razonamientos expuestos en la sentencia que motiva la acción constitucional de amparo, especialmente la circunstancia de que “la querella, además de constituir una de las formas de dar inicio al procedimiento, evidencia en quien la formula –asumiendo el rol de querellante– la clara intención de cooperar en la actividad desarrollada por el Ministerio Público para la investigación del hecho delictivo y sus partícipes, todo lo cual permite concluir que, como trámite inicial del proceso, también produce el efecto de suspender el curso de la acción penal en los términos indicados por el pr

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San Miguel, diez de abril de dos mil veinticinco A los escritos folios N°s 14 y 15: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo el abogado José Javier Garrao Álvarez, en favor de Bernd Alfred Oberpaur Wilckens, en contra de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los Ministros Sr. José Pablo Rodríguez Moreno, Sra. Erika Villegas Pavli

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