SIN INFORMACION

MALLA/CLUB DE TENIS DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

10 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido que la garantía constitucional que invoca como conculcada es aquella contemplada en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República, la que no se encuentra dentro de las garantías protegidas por esta acción cautelar, conforme lo establece el artículo 20 de la Carta Fundamental, lo que importa necesariamente la imposibilidad de continuar la tramitación de esta acción en los términos planteados, por carecer ésta de presupuestos de admisibilidad. Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en el numeral segundo del Auto Acordado sobre tramitación de Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese y comuníquese Rol 567-2025 (PROTECCIÓN)

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en el numeral segundo del Auto Acordado sobre tramitación de Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese y comuníquese Rol 567-2025 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

msm// Antofagasta, a diez de abril de dos mil veinticinco. A todo, estese a lo que se resolverá: Vistos: Atendido que la garantía constitucional que invoca como conculcada es aquella contemplada en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República, la que no se encuentra dentro de las garantías protegidas por esta acción cautelar, conforme lo establece el artículo 20 de la Carta Fund

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