MP. C/ DYLAN PAOLO MOLLER MOLLER.
Rol
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuanto no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, en relación con los delitos por los que se ha formalizado la investigación y la participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida la gravedad de la pena, circunstancias de comisión de los ilícitos, bienes jurídicos protegidos y el hecho de haberse cometido el delito en grupo o pandilla. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de uno de abril del año en curso, del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva anticipada respecto del imputado Dylan Paolo Moller Moller. Devuélvase vía interconexión. N° 1120-2025-Penal
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San Miguel, diez de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1120-2025-Penal Ruc: 2400182383-K Rit: 1018-2024 11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Emil Ibarra Sáez Imputado: DYLAN PAOLO MOLLER MOLLER Escritos proveídos en audiencia: folio 3 San Miguel, diez de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en
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