ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración los certificados de folios 57, de los que se desprende que el alimentario no cuenta con un título para solicitar alimentos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada dictada el diez de mayo de dos mil veinticuatro, por el 4° Juzgado de Familia de Santiago y, en su lugar se declara que se suspenden las medidas de apremio que se han aplicado a OMARIO y el cobro de los alimentos. Devuélvase. N° 2075-2024 Familia
Fallo
se declara que se suspenden las medidas de apremio que se han aplicado a OMARIO y el cobro de los alimentos. Devuélvase. N° 2075-2024 Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración los certificados de folios 57, de los que se desprende que el alimentario no cuenta con un título para solicitar alimentos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución apelada dictada el diez de mayo de dos mil veinticuatro, po
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica