3º Juzgado de Familia Santiago

ANONIMIZADO

Rol

105991-2022

Fecha

15 de diciembre de 2022

Materia

Familia

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en la forma deducido por la parte demandante reconvencional contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que rechazó la objeción a la liquidación de alimentos. Segundo: Que el referido artículo 781 del citado Código prescribe: “Elevado un proceso en casación en la forma, el tribunal examinará en cuenta si la sentencia objeto del recurso es de aquéllas en contra de las cuales lo concede la ley y si éste reúne los requisitos...

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de diciembre de dos mil veintiuno Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en la forma deducido por la parte demandante reconvencional contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que rechazó l

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