CASTRO/UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP
Rol
98514-2022
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en estos autos sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual Rol C-3666-2018 tramitados ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, caratulados “Castro/ Universidad Tecnológica de Chile Inacap.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada contra la sentencia de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad de dos de agosto del año en curso, que confirmó, en lo apelado, la de primer grado de quince de junio de dos mil veinte, en aquella parte que acogió la demanda y condenó al demandado Carlos Rodolfo Castro Barrera, al pago de las sumas que indica por concepto de daño emergente y moral. 2°.- Que en el arbitrio se sostiene que la decisión impugnada infringe los artículos 1568, 1698, 1702, 1709 y 1713 del Código Civil y los artículos 170, 346, 384, 399 y 428 del Código de Procedimiento Civil, denunciando –en síntesis- una errada valoración de la prueba rendida. 3°.- Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, esto es que el escrito en que se interpone exprese, es decir, explicite en qué consisten y cómo se han producido el, o los errores, siempre que estos sean de derecho. 4°.- Que la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a explicar los contenidos sustantivos del instituto hechos valer en el juicio, y versando la contienda sobre una acción de responsabilidad contractual quien recurre debió extender la infracción de ley a los artículos 1545, 1546, 1547 y 1556 del Código Civil, normativas que tienen carácter decisorio litis pues fueron precisamente estos preceptos los invocados como sustento jurídico de la demanda y aplicados luego por los sentenciadores para acogerla. Al no formular tal denuncia se genera un vacío que la Corte no puede subsanar dado el carácter de derecho estricto que reviste el recur
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con las normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Ignacio Suazo Pérez, en representación de la parte demandada, contra la sentencia de dos de agosto del año en curso. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Nº 98.514-2022.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sr. Hernán González G. (s) y Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L. y Sr. Eduardo Morales R. No firman el Ministro (s) Sr. González y el Abogado Integrante Sr. Morales no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber terminado su periodo de suplencia el primero y ausente el segundo.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en estos autos sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual Rol C-3666-2018 tramitados ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, caratulados “Castro/ Universidad Tecnológica de Chile Inacap.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por
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