JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE MANUEL JARAMILLO ROMERO

Rol

Fecha

10 de abril de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de tres de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado José Manuel Jaramillo Romero. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada, por estimar que con el mérito de los antecedentes, la edad del imputado y su irreprochable conducta anterior, considera que una o más de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-936-2025.-

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diez de abril de dos mil veinticinco, a las 11:52 horas, ante la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por la Ministra Srta. Eliana Quezada Muñoz e integrada, además, por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Pavez Jorquera, para la vista del recurso

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