ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de abril de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes contenidos en la carpeta virtual, y atendido a que la alimentaria mayor de edad está reclamando la legitimación para cobrar alimentos que se encuentran devengados, y
Fundamentos
considerando lo señalado en el artículo 19 inciso final de la Ley 19.968, en cuanto dispone dicha norma que “en los casos del inciso segundo del artículo 332 del Código Civil, aquél de los padres en cuyo hogar vive el alimentario mayor de edad se entenderá legitimado, por el solo ministerio de la ley, para demandar, cobrar y percibir alimentos de quien corresponda, en interés del alimentario, sin perjuicio del derecho de éste para...
Texto Completo (Preview)
La Serena, nueve de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes contenidos en la carpeta virtual, y atendido a que la alimentaria mayor de edad está reclamando la legitimación para cobrar alimentos que se encuentran devengados, y considerando lo señalado en el artículo 19 inciso final de la Ley 19.968, en cuanto dispone dicha norma que “en los casos del inciso segu
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