TRIBUNAL TA MAULE

MEYER GOLLE CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TALCA

Rol

Fecha

9 de abril de 2025

Materia

GIRO

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS.

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Hechos

Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene, además, en consideración: Que para la resolución del conflicto en que incide la apelación de autos se debe atender a lo prevenido en el artículo 9 de la Ley Nº 21.420, vigente a la época del giro y reclamo deducido en su contra, que supeditaba la determinación del giro a la forma en que se fijare “mediante decreto supremo expedido por el Ministerio de Hacienda”, el que no se había dictado a esa data. Si bien dicha exigencia fue eliminada por la Ley Nº 21.713, que modificó el referido artículo 9, dicho texto legal no es aplicable al caso por disposición expresa del Nº 3 del artículo primero transitorio, al estatuir que las modificaciones establecidas al antes citado artículo 9, rigen a partir del 1 de mayo de 2025. Por las anteriores consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140 del Código Tributario y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de 31 de julio de 2024, dictada en causa R.I.T. 15-2023 del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Maule, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. Rol 29-2024/Tributario y Aduanero.

Fallo

fallo en alzada. Y se tiene, además, en consideración: Que para la resolución del conflicto en que incide la apelación de autos se debe atender a lo prevenido en el artículo 9 de la Ley Nº 21.420, vigente a la época del giro y reclamo deducido en su contra, que supeditaba la determinación del giro a la forma en que se fijare “mediante decreto supremo expedido por el Ministerio de Hacienda”, el que no se había dictado a esa data. Si bien dicha exigencia fue eliminada por la Ley Nº 21.713, que modificó el referido artículo 9, dicho texto legal no es aplicable al caso por disposición expresa del Nº 3 del artículo primero transitorio, al estatuir que las modificaciones establecidas al antes citado artículo 9, rigen a partir del 1 de mayo de 2025. Por las anteriores consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140 del Código Tributario y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de 31 de julio de 2024, dictada en causa R.I.T. 15-2023 del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Maule, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. Rol 29-2024/Tributario y Aduanero.

Texto Completo (Preview)

Talca, nueve de abril de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene, además, en consideración: Que para la resolución del conflicto en que incide la apelación de autos se debe atender a lo prevenido en el artículo 9 de la Ley Nº 21.420, vigente a la época del giro y reclamo deducido en su contra, que supeditaba la determinación del giro a la forma en que se fijare “m

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