10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

RICARDO FREIRE SCHEEL C/JUEZ 10° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO. (QUERELLANTE: CLAUDIO HERRERA OLEA).

Rol

Fecha

9 de abril de 2025

Materia

APROPIACION DE CABLES DE TENDIDO ELECTRICO O DE COMUNICACIONES. ART. 443 INCISO 2.

Resultado

CH RECHAZA F.HECHO

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Hechos

Vistos: Primero: Que el abogado Ricardo Freire Sheel, en representación de los querellados interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de uno de abril del presente año, dictada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT O-1144-2024 que concedió el recurso de apelación de la querellante contra el dictamen que sobreseyó definitivamente los antecedentes en audiencia de 28 de marzo pasado. Argumenta que el recurso interpuesto debió ser declarado inadmisible toda vez que la parte recurrente no formuló oposición a la solicitud de sobreseimiento definitivo planteada por el Ministerio Público durante la audiencia en cuestión. Conforme a ello al no existir agravio la impugnación se tornaría improcedente. Segundo: Que consta en autos que el recurso de apelación a que alude el recurrente de hecho ingresó a esta Corte bajo el rol N° 1052-2025, en el que la querellante solicita: “tener por interpuesto el recurso de apelación en contra la resolución de fecha 28 de marzo del 2025, dictada por el 10 Juzgado de Garantía de Santiago, que sobreseyó a los querellados Francisco Javier Zorzo Garcia-Carrasco, Natalia Ruth Fuentes Castillo, Fernando Patricio León Concha, Carolina Del Pilar Provoste González ,Luis Humberto Barraza Alarcón, Eulogio Alberto Ponce Severino, declarándolo admisible, elevando los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a fin que conozca del recurso y revoque la resolución recurrida y declare que no se dan en la especie los estándar minimo para sobreseer de manera definitiva.”. Tercero: Que, el recurso de hecho es un recurso procesal de carácter extraordinario y que se ejercita cuando ha sido denegada una apelación que se estima procedente, caso en el cual se habla del verdadero recurso de hecho, como, asimismo, en los eventos de haberse concedido una impugnación recursiva, no debiendo haberse admitido, situación en la que estamos en presencia del denominado, falso recurso de hecho. En el caso sub lite se ha

Fundamentos

motivos sustanciales como el descrito, cuya eventual efectividad se podrá discutir en la audiencia en que se conozca de la apelación ya concedida.

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza el recurso de hecho (falso) interpuesto por el abogado Ricardo Freire Sheel, por los querellados, en contra de la resolución de uno de abril pasado, dictada por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 1144-2024. Atendida la tramitación virtual de la causa en que incide el recurso, déjese copia de esta resolución en la causa rol ingreso corte N° 1052-2025 Penal. Acordado lo resuelto contra el voto del Ministro señor Sepúlveda, quien estuvo, teniendo en consideración la naturaleza de las alegaciones vertidas en el libelo y los principios que informan el sistema de enjuiciamiento criminal, especialmente los de publicidad y contradictoriedad, acceder a la solicitud del recurrente y ordenar la vista del recurso en audiencia pública en forma previa, una en pos de la otra, junto con la causa rol de ingreso N° 1052-2025 Penal que versa sobre el asunto de fondo. ROL N° 1095-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

CH8. MVT San Miguel, nueve de abril del año dos mil veinticinco. Resolviendo la presentación folio N° 1: Vistos: Primero: Que el abogado Ricardo Freire Sheel, en representación de los querellados interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de uno de abril del presente año, dictada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT O-1144-2024 que concedió el recurso de apela

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