VITERBO/1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Flavio Viterbo Crisosto, en representación de la parte demandada, en procedimiento monitorio seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con el RIT M-4241-2024, caratulados “Corvalán/Optimus Chile SpA”, interponiendo verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 4 de marzo de 2025, que no dio lugar al recurso de apelación subsidiario y directo interpuesto por esa parte en contra de la resolución de 26 de febrero de 2025, que rechazó de plano el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. Explica que por resolución de 1 de octubre de 2024 se acogió inmediatamente la demanda presentada en su contra, de conformidad con el artículo 500 del Código del Trabajo, sentencia que le habría sido notificada a esa parte el día 3 de octubre del mismo año, lo que esa parte controvierte, certificándose que se encontraba ejecutoriada el 4 de noviembre del mismo año, pasando los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad. En ese proceso, se trabó embargo sobre una cuenta por cobrar del demandado, tomando conocimiento de la existencia del juicio en dicha oportunidad, por lo que el 24 de diciembre de 2024 interpuso ante el Juzgado Laboral incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, el que fue desestimado de plano por la resolución de 26 de febrero de 2025, que impugnó mediante recurso de reposición con apelación subsidiaria y en el otrosí, derechamente vía apelación, por presentación de 1 de marzo de 2025. Da cuenta que el recurso de apelación subsidiario y directo fueron denegados por improcedentes, citando el artículo 90 inciso final del Código de Procedimiento Civil, norma que no es aplicable al caso tratándose del incidente referido, sino que debe aplicarse el artículo 80 de ese Código, que no limita la apelación. Argumenta que la resolución impugnada infringe un principio básico del ordenamiento jurídico, esto
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 476 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Flavio Viterbo Crisosto, en representación de la parte demandada, en contra de la resolución de cuatro de marzo de dos mil veinticinco dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en la causa RIT M-4241-2024. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Laboral-Cobranza-849-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de abril de dos mil veinticinco. A los folios 6 y 7, a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Flavio Viterbo Crisosto, en representación de la parte demandada, en procedimiento monitorio seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con el RIT M-4241-2024, caratulados “Corvalán/Optimus Chile SpA”,
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