NORELBIS ROJAS/ CMDS Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DESESTIMADO
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Norelbis Alicia Rojas Pineda, domiciliada en calle Talcahuano N° 4079, quien interpuso recurso de protección en favor de su hijo Elier Alejandro Aguilar Rojas, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Antofagasta y de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, solicitando en definitiva se ordene otorgar matrícula para su hijo en algún establecimiento educacional de la comuna de Antofagasta. Informaron las recurridas solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al fundar su recurso indica que su hijo Elier Alejandro Aguilar Rojas no tiene cupo en ningún colegio, que en el colegio que estaba le dieron el cupo a otro niño, que al momento que a ella la llamaron no tenía teléfono, que cuando fue a pagar en el Colegio Santa Sara, le dijeron que tenía que esperar, nunca la llamaron, hasta que ella lo hizo y le indicaron que no había cupo. Al saber que su hijo quedó sin cupo comenzó a buscar y postuló en la página “Anótate en la Lista”, a varios colegios, tanto públicos como privados. Por lo anterior, solicita se ordene otorgar matrícula para su hijo en algún establecimiento educacional de la comuna de Antofagasta. SEGUNDO: Que, compareció Alfonso Fernández Allende, abogado, secretario regional Ministerial de Educación, Región de Antofagasta, informando al tenor del recurso, instando por su rechazo. Indica que al pedir información actualizada a la recurrente, con fecha 26.03.2025 para evacuar su informe, se precisa al Asesor Jurídico del Servicio que su hijo fue matriculado la semana pasada en el “Liceo de Hombres de Antofagasta Mario Bahamonde Silva” y que asiste a clases desde este lunes 24.03.2025. El encargado regional del SAE, con igual data, confirma que el alumno fue matriculado el 20.03.2025, en ese liceo, en primero medio “D”. TERCERO: Que compareció Isabel Macarena Calisto Hernández, abogada, en representación de la recurrida Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, informando al tenor del recurso, instando por su rechazo. Indica que no se puede asignar matrículas a ningún estudiante que no siga el orden del registro según el número correlativo, fecha y hora de asignación de registro al apoderado. Es precisamente lo que el sistema SAE pretende evitar: dar matrículas “saltándose” el nuevo sistema. Es decir, no hay derecho conculcado, transformándose en una mera expectativa de un resultado negativo sobre su probable postulación. Alega la falta de legitimación pasiva de su representada. De acuerdo a la Ley N° 20.845, de inclusión escolar y el Decreto N° 152 del Ministerio de Educación, el proceso que determina el acceso a establecimientos educacionales que perciben subvención del Estado, sean Municipales o Particulares Subvencionados, se encuentra administrado exclusivamente por el Ministerio de Educación mediante su plataforma de postulación denominada “Sistema de Admisión Escolar”, que a través de una vitrina digital informa a padres, madres y/o apoderados sobre los establecimientos educacionales sujetos a la postulación. Por ende, el Ministerio de Educación es el único que reviste las facultades y prerrogativas para intervenir directamente respecto de la contingencia y así garantizar el correcto acceso a la educación de niños, niñas y adolescentes. La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta es sostenedora exclusivamente de establecimientos educacionales públicos, formando parte del Sistema de Admisión Escolar al disponer de 42 un
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE DESESTIMA, el recurso interpuesto por Norelbis Alicia Rojas Pineda, en representación de su hijo Elier Alejandro Aguilar Rojas, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Antofagasta y de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 440-2025 (PROT) 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Norelbis Alicia Rojas Pineda, domiciliada en calle Talcahuano N° 4079, quien interpuso recurso de protección en favor de su hijo Elier Alejandro Aguilar Rojas, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Antofagasta y de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, solicitando en
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