SIN INFORMACION

SAYURI MORGADO/ SEREMI DE EDUCACIÓN Y CMDS

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Sayuri Alejandra Morgado Labarca, domiciliada en Los Pumas N° 9633, quien interpuso recurso de protección en favor de su hijo Benjamín Ignacio Guerrero Morgado y en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Antofagasta y Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, solicitando en definitiva que a su hijo se le otorgue un sobrecupo en el establecimiento más cercano a su domicilio, debido a su condición, teniendo en cuenta tres colegios cercanos: Bet-El, A-26, y Liceo Arenales, en la especialidad de mecánica industrial o mecánica automotriz. Informaron las recurridas solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al fundar su recurso indica que en noviembre del año 2024 su hijo comenzó a presentar comportamientos de soledad, angustia y desinterés, pidiendo que fuera retirado del establecimiento. Al ver a su hijo con desmotivación decidió pedir ayuda con psiquiatras y psicólogos, siendo diagnosticado con depresión y ansiedad. Señala que su hijo ha temido por su integridad, ya que los alumnos hicieron que el establecimiento no fuera un lugar seguro, sino un lugar donde hay peleas, amenazas y faltas de respeto, lo que lo ha afectado ya que tiene una condición crónica del neuro desarrollo (TDH), dificultad para mantener la concentración lo cual afecta su rendimiento escolar. Por lo anterior, solicita que a su hijo se le otorgue un sobrecupo en el establecimiento más cercano a su domicilio, debido a su condición, teniendo en cuenta tres colegios cercanos: Bet-El, A-26, y Liceo Arenales, en la especialidad de mecánica industrial o mecánica automotriz. SEGUNDO: Que, compareció Alfonso Fernández Allende, abogado, secretario regional Ministerial de Educación, Región de Antofagasta, informando al tenor del recurso, instando por su rechazo. Indica que el menor Benjamín Ignacio Guerrero Morgado cursó tercero medio en el colegio Don Bosco, pero debió ser retirado, estando con matrícula de cuarto medio el 12.03.2025, según consta de certificado de colegio Don Bosco que acompaña, por lo que requiere ingresar a cuarto medio. Aparece, entre los antecedentes aportados por la recurrente, comprobante solicitud de matrícula, última modificación el 13.03.2025, haber postulado al Liceo Mayor General Oscar Bonilla, al Colegio Particular Bet-El, al Colegio Eben Ezer y al Liceo Politécnico Los Arenales. El problema de los colegios particulares subvencionados es tener alta demanda, ser de continuidad, lo que implica que deben darles matrícula a sus propios estudiantes y destaca que la recurrente sólo postula a dos establecimientos educacionales municipalizados, siendo los más factibles de acceder a matrículas. Refiere que el problema que se está presentando es que por esta vía pueden quedar desplazados los que hicieron una oportuna y acertada postulación y están en listas de espera, sin recurrir a la vía judicial, sea en menor medida por Tribunales de Familia o esta Corte de Apelaciones, pues, al final, se les ordena gestionar un cupo de matrícula en el establecimiento educacional más cercano a su domicilio. TERCERO: Que compareció Isabel Macarena Calisto Hernández, abogada, en representación de la recurrida Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, informando al tenor del recurso, instando por su rechazo. Indica que no se pueden asignar matrículas a ningún estudiante que no siga el orden del registro según el número correlativo, fecha y hora de asignación de registro al apoderado. Es precisamente lo que el sistema SAE pretende evitar: dar matrículas “saltándose” el nuevo sistema. Es decir, no hay derecho conculcado, transformánd

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso interpuesto por Sayuri Alejandra Morgado Labarca, en representación de su hijo Benjamín Ignacio Guerrero Morgado, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación y de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 429-2025 (PROT) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Sayuri Alejandra Morgado Labarca, domiciliada en Los Pumas N° 9633, quien interpuso recurso de protección en favor de su hijo Benjamín Ignacio Guerrero Morgado y en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Antofagasta y Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, solicitando en defi

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