ALCAYAGA DEVIA MATÍAS ALFONSO / JUZGADO DE FAMILIA DE LOS ANDES
Rol
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece don Juan Carlos Leiva Henríquez, quien deduce acción de amparo en favor de Matías Alfonso Alcayaga Devia, en contra del Juzgado de Familia de Los Andes, por la orden de arresto nocturno y arraigo nacional decretados por dicho tribunal el día 2 de octubre del año 2024 en la causa de cumplimiento RIT Z-80-2023, que se mantienen vigentes a la fecha, sin fundamento legal, y por la negativa a dar cumplimiento al fallo de esta Corte, de fecha 17 de febrero de 2025, en la referida causa de cumplimiento y en la contenciosa RIT C- 96-2023. Sostiene que, con fecha 24 de agosto de 2022, según consta en la causa RIT M-2260-2022, del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, se aprobó el avenimiento de alimentos menores y régimen comunicacional, entre el amparado y su cónyuge, respecto de sus tres hijos alimentarios. Luego, el 18 de enero de 2023, ante una petición de la abogada de la Sra. Fierro, para una correcta tramitación del cumplimiento de los alimentos menores acordados, solicitó al Juzgado de Familia de Los Andes, como consecuencia del nuevo domicilio de ella y los alimentarios, la apertura de una causa de cumplimiento, a lo que, por resolución del 20 de enero de 2023, se accedió, generándose así, el RIT Z 80-2023. Agrega que, posteriormente, el 21 de febrero de 2023, el Sr. Alcayaga demandó la modificación del régimen comunicacional y de rebaja de alimentos, dando origen a la causa RIT C-96-2023, del mismo Juzgado de Familia de Los Andes y, por su parte, su cónyuge demandó reconvencionalmente de aumentos de alimentos, sin perjuicio, en audiencia preparatoria de 25 de julio de 2023, el amparado se desistió de su demanda y la causa continuó substanciándose, solo respecto de la demanda reconvencional de aumento de alimentos, añadiendo que se dictó sentencia definitiva el 27 de agosto del año 2024, acogiéndose la demanda reconvencional y aumentando los alimentos menores a la suma 54 UTM, suma que debía pagarse los primeros 5 días de cada mes, a con
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto proteger a las personas que ilegalmente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual. Segundo: Que, se solicita dejar sin efecto la orden de arresto nocturno y arraigo nacional decretados por el Juzgado de Familia de Los Andes de 2 de octubre del año 2024 en causa de cumplimiento RIT Z-80-2023, por afectar su libertad personal y seguridad individual y se cumpla el
Fallo
fallo de esta Corte, de fecha 17 de febrero de 2025, en la referida causa de cumplimiento y en la contenciosa RIT C- 96-2023. Sostiene que, con fecha 24 de agosto de 2022, según consta en la causa RIT M-2260-2022, del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, se aprobó el avenimiento de alimentos menores y régimen comunicacional, entre el amparado y su cónyuge, respecto de sus tres hijos alimentarios. Luego, el 18 de enero de 2023, ante una petición de la abogada de la Sra. Fierro, para una correcta tramitación del cumplimiento de los alimentos menores acordados, solicitó al Juzgado de Familia de Los Andes, como consecuencia del nuevo domicilio de ella y los alimentarios, la apertura de una causa de cumplimiento, a lo que, por resolución del 20 de enero de 2023, se accedió, generándose así, el RIT Z 80-2023. Agrega que, posteriormente, el 21 de febrero de 2023, el Sr. Alcayaga demandó la modificación del régimen comunicacional y de rebaja de alimentos, dando origen a la causa RIT C-96-2023, del mismo Juzgado de Familia de Los Andes y, por su parte, su cónyuge demandó reconvencionalmente de aumentos de alimentos, sin perjuicio, en audiencia preparatoria de 25 de julio de 2023, el amparado se desistió de su demanda y la causa continuó substanciándose, solo respecto de la demanda reconvencional de aumento de alimentos, añadiendo que se dictó sentencia definitiva el 27 de agosto del año 2024, acogiéndose la demanda reconvencional y aumentando los alimentos menores a la suma 54 UTM,
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Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, ocho de abril de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece don Juan Carlos Leiva Henríquez, quien deduce acción de amparo en favor de Matías Alfonso Alcayaga Devia, en contra del Juzgado de Familia de Los Andes, por la orden de arresto nocturno y arraigo nacional decretados por dicho tribunal el día 2 de octubre del año 2024 en la causa de cumplimiento RI
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