SIN INFORMACION

REYES/COMUNIDAD DE AGUAS DE LA VIRGEN

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Magaly Paola Reyes Romero, abogada e interpone acción constitucional de amparo en favor de don David Andrew Goodman -su cónyuge-, en contra de la Comunidad Aguas de la Virgen, Rol Único Tributario número 71.144.100-k, representado legalmente por don Eugenio Bravo, por haber incurrido en un acto que considera ilegal y arbitrario, solicitando que se restablezca el imperio del derecho y se cautele el ejercicio de sus garantías constitucionales del artículo 19 N° 1, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Al efecto explica que el protegido es dueño de la Parcela 56 del sector Santa Sofía de Lo Cañas, de la comuna de La Florida, adquirida mediante escritura pública de 10 de diciembre de 2004, en cuya cláusula cuarta consta la adquisición del cincuenta por ciento de los derechos de agua de uso permanente y continuo para la bebida y uso doméstico de seis coma ochenta y cuatro litros por segundo de la vertiente Cordillerana Agua de La Virgen y/o el durazno los que se encuentran inscritos a fojas 351 N° 384 del año 1991 del registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, haciendo presente que el lugar no cuenta con agua potable. Agrega que la Comunidad de Aguas de la Virgen -en adelante la administración-, administra la distribución del del agua y que durante 25 años no existió problema alguno y que la comunidad, sin el quorum requerido procedió, de manera arbitraria a cobrar por la administración un valor que no se adecua a ningún estándar de cobro o precio justo ni a los estatutos, fijando un sobreprecio sin justificación legal, pues durante 10 años pagaron $51.000 mensuales, que según desglose corresponde a $25.000 Junta de vecinos y $26.000 administración de agua. Explica que durante el año 2022 comenzó a pagar únicamente los derechos de administración por $26.000, pero en abril de 2024 se le informó que la Comunidad de Aguas de la Virgen ya no efectuaba ningún aporte la j

Fallo

se declara organizada y se ordena su registro en el Catastro Público de Aguas llevado por la Dirección General de Aguas. Expone que el recurrente mantiene una deuda con la comunidad de aguas de $603.000 pesos por concepto de mensualidades; $290.000 por cuota extra aprobada en la Asamblea de 29 de abril de 2023 para compra de caballos y $14.700 por concepto de reposición, de acuerdo con los Estatutos, de todo lo cual se le ha informado por correo electrónico, comunicándole del corte del suministro a contar del 20 de agosto de 2024. El corte del agua que administra la comunidad se efectuó por el no pago de la deuda y conforme con la normativa legal, lo que se puso en conocimiento de la recurrente, por lo que no se ha incurrido en un acto arbitrario e ilegal que vulnere las garantías constitucionales del recurrente. Añade que las comunidades de aguas se rigen por el Código de Aguas, que autoriza el cobro de las cuotas que deben pagar los comuneros para el cumplimiento de sus fines y faculta el corte del agua al comunero moroso, conforme con lo dispuesto en los artículos 212, 213, 215 y 216 del Código de Aguas y 26 de los Estatutos de la comunidad. Hace presente, además, que la recurrida cuenta con agua para su consumo e higiene, existiendo, además, otras tres redes de agua -distintas a las de la recurrida-, conectadas a Aguas Andinas, la posibilidad de comprar agua a través de camiones aljibes para su almacenamiento y el suministro periódico y gratuito de la Municipalidad de

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C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Magaly Paola Reyes Romero, abogada e interpone acción constitucional de amparo en favor de don David Andrew Goodman -su cónyuge-, en contra de la Comunidad Aguas de la Virgen, Rol Único Tributario número 71.144.100-k, representado legalmente por don Eugenio Bravo, por haber inc

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