WEVAR/FISCO DE CHILE (MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS)
Rol
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4275-2022, se resolvió rechazar íntegramente la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Contra este fallo, la parte demandante interpone recurso de nulidad invocando la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la parte demandante funda su recurso en la causal de nulidad dispuesta en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Al respecto, asevera que la motivación fáctica del
Fallo
fallo impugnado ha infringido las reglas de la sana crítica. Considera que adolece de una motivación defectuosa, pues, el examen de las pruebas del proceso no conduciría lógicamente a la conclusión de la sentenciadora. Expresa que concurre un “error lógico de razón suficiente” y “un segundo relacionado con las máximas de la experiencia”. En tal sentido, afirma que no se ha realizado un examen lógico de las probanzas, que se habría ignorado el principio de primacía de la realidad, que se desconocerían las máximas de la experiencia y la legislación aplicable, al concluir el tribunal que la relación contractual que existió entre las partes, lo fue para un cometido específico, y negar la existencia de indicios de subordinación. Indica que el fallo concede mayor relevancia al tenor literal de los documentos a lo que en la realidad acaeció, apuntando que “existieron varias funciones y labores que eran habituales de la institución y que existían claros indicios de subordinación y dependencia”. Sobre la primera materia, advierte que, para efectos del caso concreto, la infracción a la “lógica de razón suficiente” debe entenderse relacionada con el principio de primacía de la realidad. En este contexto, se remite al contenido del motivo séptimo del fallo, que transcribe. Posteriormente, anota, como primera infracción al principio de razón suficiente, que el tribunal concluye, con el mérito de la documental, que la demandante fue contratada “con el objeto de que prestare asesoría y a
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4275-2022, se resolvió rechazar íntegramente la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Contra este fallo, la parte demand
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