SIN INFORMACION

CABALLERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don José Daniel Caballero García, de nacionalidad venezolana, domiciliado en la comuna de Curanilahue, Región del Biobío, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando se deje sin efecto el inicio del procedimiento sancionatorio de expulsión migratoria, dispuesto mediante Oficio Ordinario notificado con fecha 5 de diciembre de 2024, en razón de constituir dicho acto una vulneración de la garantía constitucional de igualdad ante la ley, consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Expone que ingresó al país en marzo de 2024, eludiendo controles fronterizos en Colchane, Región de Tarapacá, junto a su hermana y cuatro menores de edad. Reconoce que lo hizo sin visa ni autorización, pero argumenta que su ingreso fue motivado por la crisis humanitaria y social que atraviesa su país. Precisa que el 5 de diciembre de 2024 se presentó voluntariamente ante la Policía de Investigaciones en la comuna de Lebu, autodenunciando su situación migratoria irregular, y que en esa ocasión se le notificó del inicio del procedimiento sancionatorio fundado en infracción al artículo 32 N° 3 de la Ley N° 21.325. Sostiene que su conducta ha sido intachable, que no registra antecedentes penales ni en Chile ni en Venezuela, y que ha procurado regularizar su situación migratoria. Afirma además que tiene residencia estable, trabaja y se encuentra plenamente integrado a la comunidad local. En razón de lo antes expuesto, estima que el acto administrativo impugnado es arbitrario, por carecer de razonabilidad, proporcionalidad y por desconocer su voluntad de regularización y su contexto humanitario. SEGUNDO: Que, por su parte, el Servicio Nacional de Migraciones evacuando el informe solicitado, hace alusión al ingreso irregular del recurrente, hecho constatado mediante Informe Policial N° 242 de la Policía de Investigaciones, de fecha 9 de diciembre de 2024, precis

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 2 y 20 de la Constitución Política de la República; el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, de fecha 24 de junio de 1992, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta por don José Daniel Caballero García en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, Comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-566-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don José Daniel Caballero García, de nacionalidad venezolana, domiciliado en la comuna de Curanilahue, Región del Biobío, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando se deje sin efecto el inicio del procedimiento sancionatorio de ex

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