SIN INFORMACION

EN FAVOR DE PAOLA GUTIERREZ SANCHEZ Y OTROS CONTRA PDI RANCAGUA

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 29 de marzo del presente año, comparece Paola Gutierrez Sánchez, cédula de identidad N°9.955.024-4, domiciliada en Avenida La Compañía N°03445 de la comuna de Rancagua, representando también a su familia, e interpone recurso de amparo preventivo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Relata en sus presentaciones, que la recurrida hizo ingreso a su inmueble de manera agresiva, realizando destrozos y amenazando a su hijo con llevárselo detenido, y de igual forma, a ella y a su marido. Indica que hace 27 años mantiene su negocio de comercio y que al momento de ingresar la Policía, se encontraba atendiendo, apuntaron con armas a una persona que se encontraba comprando, indicando que estaban buscando un camión robado, siendo efectivo que había uno, que estaba siendo reparando y que ni siquiera se llevaron. Añade que revisaron su casa y no encontraron nada, sólo realizaron destrozos botando el portón de su casa para ingresar, sin tener necesidad alguna pues el local comercial estaba abierto, sin recibir explicación alguna. En definitiva, refiere temer por la seguridad de su familia a raíz de este actuar ilegal y arbitrario obrar de la policía, pues han visto vehículos sospechosos y han consultado por su hijo a vecinos, solicitando se ordene a la recurrida que informe la razón por la que irrumpieron en su domicilio sin orden alguna, pretendiendo detener a la familia, ordenándoles el cese de estas actuaciones. Acompañó registros visuales del hecho antes relatado. A folio 3, comparece la recurrida Policía de Investigaciones de Chile, solicitando el rechazo de la presente acción. Indica que el 26 de marzo del año en curso se llevó a cabo un procedimiento policial a cargo de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Valdivia, quienes apoyados por funcionarios de unidades policiales de diversas jurisdicciones, entre ellas la Unidad Mostazal, quienes realizaron diligencias simultaneas en diferentes partes del país, entre ellas,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la acción constitucional de amparo interpuesta procede conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. SEGUNDO: Que, la presente acción se dirige en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, a raíz de lo que se denuncia como un procedimiento que considera como irregular por la violencia utilizada, temiendo la recurrente por su seguridad y la de su familia. TERCERO: Que, la recurrida justifica su actuar en que el procedimiento efectuado fue parte de varias diligencias investigativas ordenadas por la respectiva fiscalía y que contaba con la autorización del Juez de Garantía. Además, en sus alegatos agregó una serie de detalles relativos a las actividades investigativas efectuadas, todas relacionadas a la persecución penal de distintos ilícitos, refrendando que todas estas acciones provienen de actuaciones ajustadas a derecho. CUARTO: Que, conforme a lo expuesto, no se advierte que haya existido ilegalidad o arbitrariedad en la actuación de la recurrida, que ha obrado dentro de su competencia y conforme a los procedimientos que la legislación establece para el esclarecimiento de los delitos investigados, lo que basta para rechazar el Recurso. QUINTO: Que, sin perjuicio, la amparada mantiene incólume su derecho de accionar por la vía que estime necesaria a fin de resarcir los daños que eventualmente haya sufrido por el accionar policial.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, el recurso de amparo deducido en favor de Paola Gutierrez Sánchez en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte N°174-2025.Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, ocho de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 29 de marzo del presente año, comparece Paola Gutierrez Sánchez, cédula de identidad N°9.955.024-4, domiciliada en Avenida La Compañía N°03445 de la comuna de Rancagua, representando también a su familia, e interpone recurso de amparo preventivo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Relata en sus pr

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