YABER/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. ACUM. 2044-24; 2174-24; 2285-24, 3-25 Y 97-25/ PROTECCIONES
Rol
Fecha
8 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: JORGE A. YÁBER ABUSLEME, chileno, abogado, cédula nacional de identidad 11.233.088-7, con domicilio en Carmen 747 depto. 51, Curicó; a Us. Iltma., con todo respeto digo: Que, obrando a nombre propio y en conformidad a los antecedentes y fundamentos que expondré, interpongo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada por Carola Schwenke Reyes, y para estos efectos por don Patricio Fuenzalida Muñoz, jefe sucursal Curicó, con domicilio en dicha ciudad en calle Merced nº 49. Fundamentos fácticos del recurso Desde 1998 tengo contrato de salud vigente con la recurrida, y desde el año 2001 mi contrato se enmarca en el plan Golf nº 7901. El hecho es que el día 13 de Noviembre de 2017 me sometí a intervención quirúrgica, cuyo objetivo era extraer un tumor cerebral alojado en la base del cráneo y que comprometía además la función de una serie de nervios (ocular, auditivo, vestibular) y a la normal función del cerebelo, que en definitiva es el computador del cuerpo. La operación tuvo éxito en la extracción del tumor, pero los efectos físicos y neurológicos que me acompañaron desde antes, han sido complicados de resolver. En efecto, años antes de la operación, y dado la presión que ejercía el tumor cerebral al cerebelo, mi hemisferio derecho fue perdiendo el control de sus extremidades, llegando al extremo de no poder caminar con normalidad, no poder usar mi brazo derecho o mi mano derecha, ni sus dedos (no podía lavarme los dientes con mi mano derecha, ni afeitarme, ni escribir). Una verdadera pesadilla.
Fallo
Por tanto, pase los dos meses posteriores a la intervención con licencia completa, y los siguientes meses con media licencia. En este tiempo me he abocado a trabajar en el ejercicio de mi profesión durante la mañana, y ejercitarme por las tardes, lo que me ha dado buenos resultados, aunque aún persisten en mi determinadas incapacidades que debo superar. De hecho, tanto el Dr. José Miguel Selman, que es el neurocirujano que me operó en la Clínica Las Condes de Santiago, como mis kinesiólogos que fiscalizan mis ejercicios, en las clínicas privada Cerén, y clínica Sandra Parada, ambas de Curicó, aconsejan mantener dichas sesiones de terapia física. De esa manera, he podido ir recuperando el control de mis extremidades diestras, pero aún falta, y por ello necesito seguir con ejercicios, y licencia al efecto, so pena de perder lo recuperado. Resulta SS. que la Isapre, me envió con fecha 28 de Junio de 2019 determinación de rechazo de la licencia. Se interpuso respectivo recurso de protección con fecha 19 de Julio de 2019, causa rol ingreso 2807-2019. La Isapre contestó en tiempo y forma, argumentando que el suscrito llevaba 600 días de licencia y no había entregado mayores antecedentes que lo justificara, esencialmente que no había comparecido a peritaje médico citado (perito contratado por la misma Isapre, al efecto). En efecto, no pude comparecer a primera citación por complicaciones con la fecha dada, pero con fecha 13 de agosto de 2019, pude cumplir y estar con el neurólogo
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C.A. de Talca Talca, ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: JORGE A. YÁBER ABUSLEME, chileno, abogado, cédula nacional de identidad 11.233.088-7, con domicilio en Carmen 747 depto. 51, Curicó; a Us. Iltma., con todo respeto digo: Que, obrando a nombre propio y en conformidad a los antecedentes y fundamentos que expondré, interpongo recurso de protección en contra de
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