SIN INFORMACION

JEROME ROSE-MARTHE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Jason Santos López, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Rose-Marthe Jerome, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, el que mediante Resolución Exenta N°25123340, de 05 de marzo de 2025, rechazó su solicitud de residencia definitiva, disponiendo orden de abandono del país en el plazo de 30 días contados desde la respectiva notificación. Señala que la amparada vivía una situación económica muy precaria en su país de origen, Haití, razón por la cual decidió emigrar a Chile, ingresando al país el 25 de julio de 2016. Solicitó su regularización migratoria oportunamente, y trabaja de forma estable desempeñándose como operaria de corte de paños para la Sociedad Industrial Camus S.A., desde el 11 de noviembre de 2019, con contrato indefinido y sus cotizaciones declaradas y pagadas. Estando en Chile conoció a su esposo, con quien tiene un hijo de 7 años de edad, quedando de manifiesto el arraigo laboral y familiar que mantiene, y que su intención es la de establecerse legal y definitivamente en el país. Indica que con fecha 05 de marzo de 2025, se le notificó la Resolución Exenta N°25123340, que rechaza la solicitud de residencia temporal de la amparada, disponiendo su abandono del país en el plazo de 30 días, por no haber presentado los documentos fundantes. Asevera que hoy en día la actora cuenta con su certificado de antecedentes penales con las formalidades requeridas, y el abandonar Chile significaría perder todo cuanto ha logrado conseguir a través de su trabajo y esfuerzo. Sostiene que la orden de abandono carece de adecuados

Fundamentos

fundamentos de hecho y su aplicación constituirá una grave vulneración de derechos para la amparada, atentando directamente contra su libertad personal, al encontrarse en una situación migratoria irregular, sin permiso para encontrarse en Chile, vulnerando, además, el principio de protección a la familia y el interés superior de su hijo menor de edad. Agrega que la actora no tiene antecedentes penales, por lo que la orden de abandono en su contra es desproporcionada, ya que no existen indicios de que su presencia en el país pueda constituir un peligro para algún bien jurídico nacional.

Fallo

Por lo expuesto, y previa cita de los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, pide se declare la ilegalidad y, en consecuencia, se deje sin efecto la orden de abandono dispuesta en su contra, y se ordene a la autoridad administrativa competente regularizar la situación migratoria de la amparada. Segundo: Que, evacuando informe por el Servicio Nacional de Migraciones, comparecen los abogados Carolina Fernandoy Catalán y Marcelo Rivera Compan, quienes indican que la amparada ingresó por primera vez al territorio nacional el 18 de marzo de 2016 por medio del paso fronterizo Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, y con fecha 27 de septiembre de ese mismo año el Departamento de Extranjería y Migración le otorgó una visa de residencia temporaria, por un año y en calidad de titular, la que se mantuvo vigente hasta el 21 de octubre de 2017. Con fecha 19 de octubre de 2017, la extranjera solicitó el beneficio de permanencia definitiva, sin embargo, mediante Resolución Exenta N°181193, de 11 de mayo de 2018, se dispuso el rechazo de su solicitud al no haberse acreditado la estabilidad económica suficiente para el otorgamiento del beneficio impetrado, otorgándole en subsidio, una visa de residencia temporaria, por un año y en calidad de titular, permiso que se mantuvo vigente hasta el 5 de diciembre de 2019. Señalan que con fecha 14 de septiembre de 2020, la actora solicitó el beneficio de la residencia definitiva a través de la plataforma trámites digit

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. Resolviendo al escrito de folio 14: tengase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Jason Santos López, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Rose-Marthe Jerome, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, el que mediante Resolución Exenta N°25123340

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