JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de abril de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

DESISTIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, téngase por DESISTIDA a la parte recurrente, representada por  la abogada   doña   Cristina Astudillo   Soto, de su recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de fecha diez de febrero de dos mil veinticinco, escrita a folio 28 en el expediente digital. Devuélvase. N°Familia-103-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, once de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio 8: estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, téngase por DESISTIDA a la parte recurrente, representada por  la abogada   doña   Cristina Astudillo   Soto, de su recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de fecha diez de febrero de dos mil veinticin

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica