SIN INFORMACION

AMICY ANICE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Jason Santos López, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Anise Amicy, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, el que mediante Resolución Exenta N°23276610, de 21 de julio de 2023, rechazó su solicitud de regularización migratoria, disponiendo orden de abandono del país en el plazo de 30 días contados desde la respectiva notificación. Indica que la amparada vivía una situación económica muy precaria en su país de origen, Haití, razón por la cual decidió emigrar junto con su hijo y su pareja, ambos con residencia definitiva, y como destino decide venir a Chile. Actualmente trabaja de manera estable en ASEPCO SpA, desempeñándose como operaria con contrato indefinido, con cotizaciones declaradas y pagadas, quedando de manifiesto el arraigo laboral que mantiene, y que su intención es la de establecerse legal y definitivamente en el país. Menciona que el 7 de enero de 2022 solicitó su regularización migratoria siguiendo todas las instrucciones dispuestas por la legislación, adjuntando toda la documentación requerida por la autoridad migratoria, y con fecha 21 de julio de 2023 se le notificó la Resolución Exenta N°23276610, que rechaza su solicitud de regularización migratoria, disponiendo su abandono del país en el plazo de 30 días, por no haber presentado los documentos fundantes. Asevera que hoy en día la actora cuenta con su certificado de antecedentes penales con las formalidades requeridas, y el abandonar Chile significaría perder todo cuanto ha logrado conseguir a través de su trabajo y esfuerzo. Sostiene que la orden de abandono carece de adecuados

Fundamentos

fundamentos de hecho y su aplicación constituirá una grave vulneración de derechos para la amparada, atentando directamente contra su libertad personal, al encontrarse en una situación migratoria irregular, sin permiso para encontrarse en Chile, vulnerando, además, el principio de protección a la familia y el interés superior de su hijo menor de edad. Agrega que la actora no tiene antecedentes penales, por lo que la orden de abandono en su contra es desproporcionada, ya que no existen indicios de que su presencia en el país pueda constituir un peligro para algún bien jurídico nacional.

Fallo

Por lo expuesto, y previa cita de los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, pide se declare la ilegalidad y, en consecuencia, se deje sin efecto la orden de abandono dispuesta en su contra, y se ordene a la autoridad administrativa competente regularizar la situación migratoria de la amparada. Segundo: Que, evacuando informe por el Servicio Nacional de Migraciones, comparecen los abogados Carolina Fernandoy Catalán y Luis Ignacio Salvo, quienes señalan que la amparada ingresó a Chile por primera vez el 07 de julio de 2017, por medio del paso fronterizo Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez, en calidad de turista, y con fecha 15 de octubre de 2021 solicitó regularizar su situación migratoria en virtud del proceso de regularización contemplado en el artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325, mediante la solicitud ID N°32623455. Mediante Resolución Exenta N°21189339, de 15 de octubre de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración, se acogió a trámite la solicitud de la recurrente, y se le tuvo por desistida de todo trámite pendiente en materia migratoria presentado, otorgándosele un permiso de trabajo por el tiempo que durara la tramitación de la solicitud. Mencionan que mediante comunicación electrónica N°31607863, de 01 de diciembre de 2022, se le informó que con los antecedentes que se tenían a la vista, su solicitud de regularización no se encontraba en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de análisis y procesami

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinticinco. Resolviendo al escrito de folio 15: tengase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Jason Santos López, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Anise Amicy, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, el que mediante Resolución Exenta N°23276610, de 21

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