JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ NN

Rol

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Benjamín Andrés Machuca Lillo. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Morales, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, estimando que cualquier otra medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-896-2025.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a ocho de abril de dos mil veinticinco, siendo las 10:01 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía e integrada por la Fiscal Judicial señora Nel Greeven Boba

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