CARO CON ALTURA GESTIÓN INMOBILIARIA SPA
Rol
Fecha
10 de abril de 2025
Materia
NULIDAD DEL DESPIDO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que no comparte la resolución apelada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución de dieciocho de marzo del presente año. Devuélvase N°Laboral-Cobranza-1070-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución de dieciocho de marzo del presente año. Devuélvase N°Laboral-Cobranza-1070-2025.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, diez de abril de dos mil veinticinco. Al folio N°3 a todo: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral, sólo procede en contra de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las
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