TOCORNAL/COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
Rol
Fecha
9 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º Se recurre de protección por Josefina Tocornal Laso en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, al ratificar por reposo injustificado el rechazo de Isapre Banmédica S.A., respecto de la licencia médica N°3-103263212 otorgada por 28 días desde el 06 de junio de 2024, según resolución exenta N°131-24-080146 de 24 de octubre de 2024. Se acusa a esa entidad de incurrir en un obrar ilegal, arbitrario y lesivo de los N°s 1, 2, 9, 18 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que se pide ordenar la autorización y pago de los subsidios correspondientes. 2º Por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana se informa y pide el rechazo del recurso al sujetarse al ejercicio de sus competencias técnicas conforme al Reglamento sobre Guías Clínicas Referenciales Relativas a los Exámenes, Informes y Antecedentes que deberán Respaldar la Emisión de Licencias Médicas. Se ilustra sobre la naturaleza psiquiátrica de la dolencia sufrida por la persona interesada, cuyos antecedentes aportados en la instancia administrativa no evidencian el fin terapéutico para prolongar su reposo, sea, por insuficiencia del tratamiento farmacológico prescrito durante dos meses, o sea, debido a la falta de adherencia de la paciente. Por la Superintendencia de Seguridad Social se informó la ausencia de registro sobre pronunciamiento relativo al rechazo o autorización de la licencia médica invocada. 3º El recurso de protección constituye una acción constitucional cautelar de urgencia consagrada para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la persona que sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías del artículo 19, números 1º; 2º; 3º inciso quinto; 4º; 5º; 6º; 9º inciso final; 11º; 12º; 13º; 15º; 16º en lo relativo a la libertad de trabajo y al derecho a su libre elección y libre contratación, y a
Fundamentos
fundamentos y motivaciones consignadas en la resolución administrativa impugnada, se constata la concurrencia de antecedentes objetivos emanados de un organismo ajustado al ejercicio de sus competencias técnicas en la dictación de un acto administrativo sustentado en ellos; sin proceder calificación de ilegalidad ni arbitrariedad condicionante de la procedencia de esta acción constitucional, por lo que ésta no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales; se rechaza el recurso interpuesto por Josefina Tocornal Laso. Regístrese, comuníquese y archívese. N°22071-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, nueve de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1º Se recurre de protección por Josefina Tocornal Laso en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, al ratificar por reposo injustificado el rechazo de Isapre Banmédica S.A., respecto de la licencia médica N°3-103263212 otorgada por 28 días desde el 06 de junio de 2024, según
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