7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ EDER ALBERTO FERNANDEZ PACHECO Y OTROS

Rol

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°. Que atendido el mérito de lo expuesto por los intervinientes y teniendo en especial consideración que no se han aportado nuevos antecedentes que permitan hacer variar las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de decretar la medida de prisión preventiva de los imputados, quienes fueron formalizados como autores del delito de robo con violencia, cometido en esta ciudad el 13 de enero de 2025. En efecto, las imágenes contenidas en un video ya estaban en conocimiento de los intervinientes desde el inicio de la investigación, siendo ponderadas en dicho estadio procesal, tanto por el juez de la instancia como por esta Corte, al revisar la prisión preventiva el 23 de enero pasado. Sin perjuicio de lo dicho, en audiencia de hoy, se exhibieron, por una de las defensas, las imágenes contenidas en el video señalado, sin que de su exhibición se permita arribar a la misma conclusión a la que llegó la jueza en la audiencia de 4 de abril pasado. 2°. Que, además, atendida la naturaleza y gravedad del ilícito investigado, la pena asignada al mismo, la forma de comisión del delito, el haber actuado en grupo o pandilla; son elementos de juicio suficientes para estimar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada por el  Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en audiencia de cuatro de abril de este año, que revocó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Eder Alberto Fernández Pacheco, Elver Yeraldin Fierro Mariños y Daniel Aaron Guzmán Miranda, y en su lugar se declara que quedan sujetos a dicha medida cautelar, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N°1714-2025.-

Fallo

se declara que quedan sujetos a dicha medida cautelar, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N°1714-2025.-

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, siete de abril de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-1714-2025 Ruc: 2500058343-2 Rit : O-723-2025 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Jenny Book Reyes, la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia Relator: Carlos Ramírez Digitadora: Carla Medi

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