ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OIDOS: 1°) Que conforme al numeral 1° del artículo 25 de la ley 18.216, tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. 2°) Que, en el caso de autos, el condenado ha sido requerido por el tribunal en cuatro oportunidades, para que se presente al CRS Gendarmería de Chile a fin de dar inicio a la pena sustitutiva; en todas ellas ha debido ser llevado en calidad de detenido al tribunal y, no obstante ello, no se ha presentado a dar inicio al...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción FSV/rtp Concepción, siete de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y OIDOS: 1°) Que conforme al numeral 1° del artículo 25 de la ley 18.216, tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. 2°)
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